Proyecto De Ley  Nro:230/2024
Extracto:ESTABLECE QUE EL PRIMER VENCIMIENTO DE LAS FACTURAS DE SERVICIOS PÚBLICOS NO PODRÁ OCURRIR ANTES DEL DÍA 10 DE CADA MES CALENDARIO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA ANTIGÜEDAD O PERÍODO FACTURADO.¤Estado:En Trámite -
Fecha de Presentacion
31/01/24 11:03
Oficina:Comisiones  
  
Autores:Diputado Nicolás Slimel,
ultima actualizacion

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco sanciona con fuerza de Ley N°…..:

ARTÍCULO 1°: Establecer que el primer vencimiento de las facturas de servicios públicos no podrá ocurrir antes del día 10 de cada mes calendario, independientemente de la antigüedad o período facturado.
ARTÍCULO 2°: Esta norma aplica cuando los servicios han sido prestados por empresas y sociedades del Estado Provincial, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas entidades societarias o empresarias donde el Estado Provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones.
ARTÍCULO 3°: Regístrese y comuníquese.

FUNDAMENTOS
El presente proyecto tiene como objetivo establecer como norma que el primer vencimiento del pago de servicios públicos no podrá ser anterior al día 10 de cada mes calendario. Esta disposición será aplicable para el vencimiento de servicios públicos prestados por empresas y sociedades del Estado Provincial, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas entidades societarias o empresarias donde el Estado Provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones.
La motivación que impulsa esta iniciativa se basa en el hecho de que los salarios, tanto de trabajadores estatales como de trabajadores del sector privado, son percibidos en su mayoría entre los días 5 y 10 de cada mes. La implementación de esta medida redundaría en un alivio para el bolsillo de los trabajadores, permitiéndoles prever y hacer frente a la erogación del pago de los servicios en tiempo y forma. Actualmente, muchos vencimientos están estipulados entre el día 1 y 5 del mes, con un segundo vencimiento del pago con intereses en fechas posteriores al día 10 de cada mes.
Además, es importante destacar que esta iniciativa se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular con el ODS 8 - Trabajo decente y crecimiento económico, buscando mejorar las condiciones financieras de los trabajadores y facilitar el cumplimiento puntual de sus obligaciones económicas. La adopción de estas medidas no solo beneficiará a los ciudadanos, sino que también contribuirá al fomento de un entorno económico más eficiente y sostenible en la gestión de los servicios públicos.
Sin más que agregar, solicitamos el acompañamiento del proyecto.
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