Proyecto De Ley  Nro:735/2024
Extracto:AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL CHACO A TRANSFERIR EN VENTA A UN PRECIO SIMBÓLICO DE UN PESO ($1) EL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA -M.E.C.C. Y T.- CON TODO LO EDIFICADO, CLAVADO Y PLANTADO EN EL MISMO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD COLONIA ABORIGEN.¤Estado:En Trámite -
Fecha de Presentacion
03/04/24 10:01
Oficina:Comisiones  
  
Autores:Diputado Rubén Omar Guillón,
ultima actualizacion




LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY


TRANSFIERE INMUEBLE


ARTÍCULO 1º: Autorizase al Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco a transferir en venta a un precio simbólico de un peso ($1) el inmueble de propiedad del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología -M.E.C.C. y T.- con todo lo edificado, clavado y plantado en el mismo a favor de la Municipalidad Colonia Aborigen, cuyos datos identificatorios y superficie a transferir se detallan a continuación:
Inmueble ubicado en la intersección de las CALLES 9 Y 16 DEL MUNICIPIO DE COLONIA ABORIGEN - PROVINCIA DEL CHACO; identificado como:
PARCELAS: 1 y 2.
MANZANA: 7.
CIRCUNSCRIPCIÓN: 19
LOTE: 38
PROPIETARIO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 2º: La Municipalidad de Colonia Aborigen destinará el inmueble transferido exclusivamente a actividades administrativas y operativas para su funcionamiento.
ARTÍCULO 3º: La superficie transferida determinada en el artículo 1º por no podrá ser vendido, cedido, prestado ni enajenado como tampoco cambiar el destino que le otorga la presente ley.
ARTÍCULO 4º: El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente dejará sin efecto esta y el Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco deberá tomar posesión en forma inmediata del inmueble.
ARTÍCULO 5º: El Poder Ejecutivo y el Municipio de Colonia Aborigen por intermedio de la Escribanía General de Gobierno u organismo vinculado a tal fin adoptarán las medidas pertinentes para la conclusión de los trámites necesarios y el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio.
ARTÍCULO 6º: El gasto que demande la presente será afrontado por la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia y/o en su defecto por el Municipio de Colonia Aborigen.
ARTÍCULO 7º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

El 26 de agosto de 2015 la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco sancionó la Ley Nº 2362-P por la que se crea el Municipio de tercera categoría “Colonia Aborigen”. Esta ley en su artículo segundo establece que el Poder Ejecutivo en coordinación con organismos provinciales, el Instituto del Aborigen Chaqueño y demás asociaciones, determinará los límites territoriales del ejido municipal de Colonia Aborigen.
Eso inició un minucioso proceso de otorgar institucionalidad al nuevo municipio como así también brindarle los recursos edilicios y materiales para su funcionamiento y elección de sus autoridades municipales (Intendente y Miembros del Concejo Municipal), resultando electo el Señor Mateo Vucko como primer Intendente Municipal de esta localidad.
En ese sentido, y con orden expresa del entonces Ejecutivo Provincial de proveer todo lo conducente a la organización y funcionamiento de la localidad de Colonia Aborigen a efectos de su normalización y puesta en funcionamiento pleno y a efectos de otorgar un lugar físico de la Municipalidad se firmó un comodato el 11 de octubre de 2023 por dos (2) años con el Ministerio de Educación y el Sr Delegado Normalizador Rubén Omar Guillón. Posteriormente el 20 de octubre de 2023 por la Resolución Nº 2023-3358-29-1655 del mencionado Ministerio se aprueba el comodato anterior, comprándose además el mobiliario para todas las oficinas.
En esta instancia es necesario dar un paso más hacia la permanencia y afianzamiento institucional, por lo que este proyecto de ley tiene por objetivo transferir el inmueble dado en comodato por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco de forma definitiva al Municipio de Colonia Aborigen para su total funcionamiento administrativo y operativo.
Asimismo se salvaguarda el uso debido del inmueble y la imposibilidad de transferirlo o enajenarlo bajo cualquier título por parte del Municipio mencionado.
La concreción no sólo del Municipio de Colonia Aborigen en su rol institucional para su comunidad, sino también el espacio físico que requiere es otorgar a sus habitantes de la sede a la cual recurrir, ante la cual solicitar y el espacio adonde llevar sus inquietudes; pudiendo brindar desde su municipalidad más servicios, más atención, más escucha, más gestión; como sucede en todas las localidades pequeñas de nuestra Provincia, donde los vecinos al primer lugar que asisten ante una eventualidad es a su municipalidad.
En conclusión, estamos con este proyecto otorgando institucionalidad y representatividad.
Reivindicación histórica será para esta comunidad chaqueña, en cuyas tierras, hace 100 años atrás, se perpetró el peor genocidio contra nuestras comunidades originarias en la Masacre de Napalpí, declarado como delito de lesa humanidad.-
Por los fundamentos expuestos, solicito a mis pares legisladores, la aprobación del presente proyecto de ley.













ANEXOS





















































Versiones
 
Todos los Pases del Tramite
Pases a Comision
Antecedentes
Tipos de antecedentes
Sesiones Donde fue el Tramite

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